El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial ya aplica a tu empresa.
Desde el 2 de agosto de 2026, la mayoría de las obligaciones del AI Act son plenamente exigibles para las empresas que desarrollan, integran o utilizan sistemas de inteligencia artificial en el mercado europeo, con un régimen sancionador activo. Ayudamos a empresas tecnológicas —SaaS, plataformas, agencias y compañías que integran IA en sus productos o procesos— a saber exactamente qué les exige la norma y a cumplirla sin frenar el negocio.
El problema: tres calendarios distintos y mucha confusión
Tras la reforma del Ómnibus Digital (Reglamento (UE) 2026/1744), el AI Act convive con varias fechas de aplicación: obligaciones ya exigibles (prácticas prohibidas, alfabetización en IA, transparencia, modelos de uso general), obligaciones de alto riesgo aplazadas a diciembre de 2027 y obligaciones sectoriales aplazadas a 2028. La mayoría de empresas no sabe con certeza en qué categoría cae cada uno de sus sistemas ni qué fecha les aplica. Ese es exactamente el punto de partida de nuestro trabajo.
Por dónde empezar: auditoría de sistemas de IA
Nuestro servicio de entrada es una auditoría del uso de IA en tu empresa, con un entregable claro. Incluye:
Inventario de sistemas de IA: qué desarrolla la empresa, qué integra de terceros (APIs de OpenAI, Anthropic, Google u otros proveedores) y qué utiliza internamente.
Calificación jurídica de cada sistema según el AI Act: práctica prohibida, alto riesgo, obligación de transparencia o modelo de uso general, con la fecha de cumplimiento que corresponde a cada uno.
Análisis del rol de la empresa respecto de cada sistema: proveedor, desplegador, importador o distribuidor, porque las obligaciones cambian según el rol.
Informe de brechas: qué obligaciones ya exigibles no se están cumpliendo y qué riesgo sancionador implican.
Plan de cumplimiento priorizado por fechas, con acciones concretas y responsables.
Es un trabajo acotado, con plazo y entregable definidos, pensado para que la dirección de la empresa tenga en pocas semanas una fotografía completa de su situación frente al AI Act.
Servicios de cumplimiento continuado
A partir del mapa de sistemas, acompañamos a la empresa en la implantación y el mantenimiento del cumplimiento:
Transparencia y producto
Revisión de chatbots y asistentes: avisos al usuario conformes con el artículo 50.
Identificación y marcado de contenido generado por IA, incluido el marcado legible por máquina.
Revisión de interfaces, condiciones de uso y documentación de producto.
Contratos y proveedores
Cláusulas de IA en contratos con proveedores: garantías, responsabilidad, cumplimiento del AI Act y del RGPD.
Revisión de términos de APIs y modelos de terceros integrados en el producto.
Contratos SaaS B2B con componentes de IA: DPA, SLA y limitación de responsabilidad.
Organización y formación
Programas de alfabetización en IA (artículo 4) documentables ante la autoridad.
Políticas internas de uso de IA y gobernanza de sistemas.
Preparación para inspecciones y requerimientos de la AESIA.
Alto riesgo: preparación para diciembre de 2027
Para sistemas del Anexo III: sistema de gestión de riesgos, documentación técnica, supervisión humana y evaluación de conformidad, planificados con antelación suficiente.
Por qué Ferrer-Bonsoms & Sanjurjo
Práctica consolidada en derecho digital, propiedad intelectual y tecnología: el AI Act no se cumple aislado, sino junto al RGPD, la normativa de consumo y los contratos tecnológicos.
Trabajo bilingüe en español e inglés: asesoramos tanto a empresas españolas como a compañías extranjeras que venden productos con IA en el mercado español y europeo.
Enfoque práctico: entregables accionables y calendarios claros, no memorandos genéricos.
Cómo trabajamos
Primera reunión sin compromiso para entender el uso de IA de la empresa. Propuesta cerrada de alcance, plazo y honorarios. Ejecución de la auditoría y entrega del plan. Y, si la empresa lo desea, acompañamiento continuado con revisiones periódicas conforme se acercan las fechas de 2027 y 2028.
Habla con nosotros
Si tu empresa desarrolla o integra inteligencia artificial y quiere saber con certeza qué le exige el AI Act, escríbenos a despacho@fbsabogados.com o contáctanos. Te diremos con claridad qué aplica a tu caso y cómo resolverlo.
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