Un Bono Estructurado, como ya hemos explicado, es un producto complejo de alto riesgo.
Los bonos han sido vendidos en ocasiones como productos convenientes y recomendables a clientes de perfil inversor bajo, o de apenas riesgo (y minoristas).
Hemos recibido consultas en nuestro despacho del plazo para reclamar judicialmente por una supuesta nulidad en la venta y suscripción de un bono estructurado.
En estos casos el plazo de reclamación será de 4 años desde la terminación del bono estructurado.
Por ejemplo, el bono estructurado ofrecido por Barclays, denominado “autocancelable POP, SAB, BBVA” fue suscrito aproximadamente en diciembre de 2007.
El bono terminó el día 28 de diciembre de 2012. El plazo para reclamar terminaría en diciembre de 2016.
El bono tiene una serie de condiciones de funcionamiento.
Unas opciones que van generando o no una rentabilidad, y al final una ganancia o una pérdida.
En los contratos de Bonos Estructurados debe constar claramente dichos supuestos y cálculos, y la fecha de finalización del producto.
Una vez detectada dicha fecha, hay que sumar cuatro años.
El Tribunal Supremo en ocasiones ha señalado que este plazo es de caducidad. Y que por lo tanto, no puede interrumpirse por una reclamación por parte del reclamante.
Pero en ocasiones es un plazo de prescripción. Y por lo tanto se podría interrumpir con una reclamación extrajudicial del cliente.
Eso supondría que el plazo de 4 años, volvería a empezar de nuevo.
En todo caso, solo en Navarra, según lo que señala el Fuero Nuevo, el plazo en todo caso es de prescripción y no de caducidad. Por lo tanto podría ser interrumpido dicho plazo.
En este despacho además de la acción por vicios en el consentimiento recomendamos que se ejerciten otras acciones como daños y perjuicios, cuyo plazo de prescripción es mayor.
Existen ya numerosas sentencias del Tribunal Supremo sobre daños y perjuicios en la venta de productos complejos.
En caso de que necesite asesoramiento sobre la viabilidad de reclamar un bono estructurado, y si está dentro del plazo previsto por la legislación, no dude contactar con nuestro despacho de abogados especializado en bonos estructurados.
Si tiene alguna duda o consulta relacionada un bono estructurado o derecho bancario no dude consultarnos. Somos abogados especialistas en derecho bancario.
Estamos a su disposición en nuestros despachos de Madrid, Sevilla, Pamplona, Valladolid, Barcelona y Palma de Mallorca.